La lógica de lo inverosímil: lenguaje, derecho y estrategias de defensa

 "Para una gran clase de casos de utilización de la palabra 'significado' —aunque no para todos los casos de su utilización— puede explicarse esta palabra así: el significado de una palabra es su uso en el lenguaje."

— Ludwig Wittgenstein, Investigaciones filosóficas, §43

¿Cómo pueden decir eso?

Cuando una estrategia de defensa parece absurda para cualquiera que observa un caso desde fuera, surge una reacción casi inmediata: "¿Cómo pueden decir algo así?". La pregunta parece tan evidente que rara vez nos detenemos a examinarla. Si los indicios parecen numerosos, si la explicación alternativa resulta improbable y si la opinión pública ya ha construido una interpretación de lo ocurrido, ¿qué sentido tiene sostener una versión diferente?

Los juristas utilizan la expresión estrategia de defensa para referirse al conjunto de decisiones jurídicas y argumentativas destinadas a obtener el resultado más favorable posible para el acusado dentro de las reglas del proceso. Esa estrategia puede adoptar formas muy distintas. A veces consiste en negar los hechos; otras, en admitirlos parcialmente, cuestionar las pruebas, proponer una lectura alternativa de los acontecimientos, señalar defectos procesales o incluso colaborar con la investigación esperando una reducción de responsabilidad. Su objetivo no es necesariamente demostrar una verdad absoluta, sino intervenir en la manera en que los hechos serán evaluados jurídicamente.

La reacción de sorpresa ante ciertas defensas parte de una imagen intuitiva del juicio. Imaginamos que un proceso judicial es una confrontación directa entre la realidad y la mentira: por un lado estarían los hechos tal como ocurrieron; por otro, una narración interesada que intenta ocultarlos. Desde esta perspectiva, cualquier argumento que se aparte de lo evidente solo puede parecer una maniobra retórica destinada a escapar de la realidad.

Sin embargo, el funcionamiento del derecho es más complejo.

Antes de que un acontecimiento pueda convertirse en un hecho jurídico debe ser descrito, clasificado e interpretado. No basta con preguntar qué ocurrió; también es necesario determinar qué significado tiene aquello que ocurrió dentro del marco legal. Una entrega de dinero puede ser una donación, un préstamo, una comisión legítima o un soborno. El acontecimiento físico puede ser idéntico; lo que cambia es la forma en que se comprende.

Por eso una defensa no siempre intenta demostrar que algo nunca sucedió. Con frecuencia busca cuestionar una interpretación, introducir una explicación alternativa o mostrar que una conclusión no se sigue necesariamente de los datos disponibles. Lo que desde fuera parece una contradicción evidente puede cumplir una función perfectamente racional dentro del proceso.

La cuestión es comprender por qué.

El derecho como práctica lingüística

La respuesta comienza con una idea fundamental de la filosofía del lenguaje. Durante mucho tiempo se pensó que las palabras funcionaban como etiquetas adheridas a objetos ya existentes. Según esta visión, comprender un término consistiría simplemente en identificar la cosa a la que se refiere.

Ludwig Wittgenstein cuestionó esta imagen. El significado de una palabra, sostuvo, depende de su uso dentro de una práctica determinada. Las palabras adquieren sentido en actividades concretas, dentro de reglas compartidas y contextos específicos. A esto lo llamó juegos de lenguaje.

El derecho ofrece un ejemplo particularmente claro. Pensemos en la palabra "culpable". En una conversación cotidiana puede expresar una sospecha o una opinión moral. En un periódico puede formar parte de una crónica. En un tribunal, en cambio, designa el resultado de un procedimiento regulado por normas precisas.

La diferencia no es meramente terminológica. Cuando un juez declara culpable a una persona, no se limita a describir una situación preexistente. Está realizando un acto institucional cuyas consecuencias modifican la posición jurídica del acusado.

Esta dimensión fue desarrollada por J. L. Austin en su teoría de los actos de habla. Algunas expresiones no se limitan a informar sobre el mundo; producen efectos en él. Un contrato crea obligaciones. Un matrimonio establece una nueva relación jurídica. Una sentencia transforma la situación legal de quienes participan en el proceso.

El derecho, por tanto, no utiliza el lenguaje únicamente para hablar sobre una realidad ya organizada. Utiliza el lenguaje para organizar jurídicamente esa realidad.

Esta característica explica por qué la interpretación ocupa un lugar tan central. Conceptos como "conducta grave", "diligencia debida", "plazo razonable" o "interés superior" no poseen fronteras completamente definidas. El filósofo del derecho H. L. A. Hart llamó a esta característica la "textura abierta" del lenguaje jurídico. Las normas necesitan interpretación porque ningún texto puede anticipar todas las circunstancias futuras.

Los sofistas y un problema antiguo

La relación entre lenguaje, interpretación y poder no es una invención moderna. Ya estaba presente en la Grecia clásica.

En las ciudades democráticas, las decisiones políticas y muchas controversias legales dependían de la capacidad de persuadir mediante la palabra. Los sofistas enseñaban precisamente ese arte. Su interés no consistía únicamente en transmitir conocimientos, sino en comprender cómo los argumentos influyen sobre quienes los escuchan.

La crítica de Platón a los sofistas es bien conocida. Temía que la retórica pudiera producir apariencia de verdad sin poseer verdad. Un orador hábil podía hacer que una posición débil pareciera fuerte simplemente porque sabía presentarla mejor.

Sin embargo, reducir a los sofistas a simples manipuladores sería injusto. Ellos identificaron algo que sigue siendo fundamental: los seres humanos no acceden a la realidad de manera inmediata. Lo hacen a través de descripciones, categorías, narraciones y argumentos.

Aquí aparece una tensión que nunca ha desaparecido.

Por un lado, Platón representa la aspiración de que la verdad gobierne el lenguaje. La justicia no puede depender exclusivamente de quién argumenta mejor.

Por otro, los sofistas muestran que toda discusión pública se desarrolla mediante formas lingüísticas que influyen en nuestra comprensión de los hechos.

El derecho moderno habita precisamente ese espacio intermedio. Necesita argumentos porque las controversias deben ser interpretadas y justificadas. Pero también necesita procedimientos que impidan que la persuasión sustituya por completo a la prueba.

La lógica de lo inverosímil

Volvamos ahora a la pregunta inicial.

¿Por qué una estrategia de defensa aparentemente inverosímil puede tener sentido dentro de un tribunal?

Porque la función de la defensa no consiste necesariamente en ofrecer la explicación más convincente para la opinión pública. Su tarea es examinar si la acusación ha demostrado suficientemente aquello que afirma y si existen otras interpretaciones compatibles con las pruebas disponibles.

Esto introduce una diferencia importante entre la mirada cotidiana y la mirada jurídica.

Fuera de un tribunal solemos preguntarnos: "¿Parece creíble?". Dentro del proceso la cuestión es distinta: "¿Ha sido demostrado conforme a las reglas establecidas?".

Las dos preguntas pueden conducir a la misma respuesta, pero no siempre.

Por eso una defensa que parece débil desde fuera puede cumplir una función esencial dentro del sistema. Su papel no consiste necesariamente en convencer a todos de una versión alternativa, sino en poner a prueba la solidez de la acusación antes de que el Estado pueda imponer una sanción.

El fiscal, el abogado defensor y el juez participan en esta tarea desde posiciones institucionales diferentes. El primero intenta demostrar responsabilidad. El segundo examina los puntos débiles de esa demostración. El tercero evalúa los argumentos y las pruebas conforme a criterios jurídicos.

Ninguno trabaja con los hechos en estado puro. Todos operan mediante lenguaje.

Aquí encontramos la paradoja central del derecho moderno. La justicia necesita la retórica porque los acontecimientos deben ser presentados y argumentados. Al mismo tiempo, desconfía de ella porque sabe que la persuasión puede separarse de la verdad.

Su solución no ha sido eliminar esa tensión, algo imposible, sino construir instituciones capaces de gestionarla mediante reglas de prueba, contradicción entre las partes, control judicial y exigencias de justificación.

Quizás la risa o el desconcierto que provocan ciertas estrategias de defensa revelan una expectativa equivocada. Seguimos imaginando que la verdad entra en el tribunal directamente, sin mediaciones. El derecho nos recuerda algo más incómodo: entre los acontecimientos y nuestra comprensión de ellos siempre existe lenguaje.

El problema no consiste en eliminar esa mediación. Consiste en impedir que se convierta en arbitrariedad.

La gran innovación del derecho moderno no ha sido derrotar a los sofistas, sino aprender a convivir con el poder de la palabra sin renunciar por ello a la búsqueda de la verdad.

Bibliografía esencial (APA 7.ª edición)

Austin, J. L. (1975). How to do things with words (2nd ed.). Harvard University Press. (Original work published 1962)

Hart, H. L. A. (2012). The concept of law (3rd ed.). Oxford University Press. (Original work published 1961)

Plato. (1997). Gorgias (D. J. Zeyl, Trans.). In J. M. Cooper (Ed.), Plato: Complete works (pp. 791–869). Hackett Publishing.

Saussure, F. de. (2011). Course in general linguistics (W. Baskin, Trans.). Columbia University Press. (Original work published 1916)

Wittgenstein, L. (2009). Philosophical investigations (P. M. S. Hacker & J. Schulte, Eds.; G. E. M. Anscombe, P. M. S. Hacker, & J. Schulte, Trans., Rev. 4th ed.). Wiley-Blackwell. (Original work published 1953)

 

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